Áreas privadas

Energía capacitiva: cómo evitar las nuevas penalizaciones previstas

El 15 de enero de 2020 se publicó la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC). Una de sus principales consecuencias para los consumidores es la entrada en juego de nuevas penalizaciones a causa de los excesos de energía reactiva capacitiva. Hasta el próximo 1 de abril de 2021 no entrarán en vigor las nuevas tarifas de la CNMC, de modo que aún es posible introducir nuevas soluciones, como las que ofrece Linkener, para evitar las penalizaciones por exceso de reactiva capacitiva y optimizar las potencias contratadas por periodo a las nuevas tarifas previstas en este marco regulatorio.

La energía reactiva capacitiva y naturaleza de las penalizaciones 

Esta nueva penalización afectará a aquellos suministros con medida en alta tensión cuyo consumo de energía reactiva capacitiva durante las horas de periodo 6 supere en un 20,3% el consumo de energía activa.  Para poder entender que es y como se evita la penalización por exceso de energía reactiva capacitiva, primero hay que explicar cual es su origen.

Hay cuatro cuadrantes de energía reactiva:

  • RQ1 – Energía reactiva inductiva de consumo: se mide en kVArh y se da cuando el equipo receptor o consumidor tiene un bobinado o reactancia (bombas, compresores, motores, aires acondicionados, ventiladores, tubos fluorescentes, etc)
  • RQ2 – Energía reactiva inductiva de generación: se mide en kVArh y se da cuando el equipo generador tiene un bobinado o reactancia (motores, aerogeneradores, etc)
  • RQ3 – Energía reactiva capacitiva de generación: se mide en kVArh y se da cuando el equipo generador es capacitivo
  • RQ4 – Energía reactiva capacitiva de consumo: se mide en kVArh y se da cuando el equipo receptor o consumidor tiene cargas capacitivas (principalmente baterías de condensadores)




Con la legislación actual se penaliza la RQ1 – Energía reactiva inductiva de consumo. Esta se penaliza por periodo de facturación considerando el total de consumo de energía reactiva inductiva y de energía activa para el cálculo de la penalización por periodo. Esto permite que aunque en unas horas se haya superado el limite penalizable, no se acabe penalizando económicamente al consumidor si el resultado del total de consumo de energía reactiva inductiva del periodo de facturación por periodo no supera el límite penalizable.

Sin embargo, con la nueva legislación, además de la RQ1 – Energía reactiva inductiva de consumo, también se penalizará la RQ4 – Energía reactiva capacitiva de consumo. Pero en el caso de la capacitiva esta se penalizará de manera horaria calculando por cada hora el valor penalizable, por lo que no existe posibilidad de compensar la penalización a lo largo del periodo de facturación.

Los objetivos principales de la nueva legislación, en este sentido, son mejorar el sistema eléctrico mediante la limitación de sobretensiones provocadas por las cargas capacitivas . Los afectados por esta medida son fundamentalmente los consumidores que estén conectados a una red de tensión por encima de 1 kV con transformador propio y tengan consumo capacitivo durante el periodo 6. 

Los consumos capacitivos principalmente corresponden a las baterías de condensadores. Son dos las posibles causas de estos consumos:

  1. Baterías de condensadores fijas conectadas de manera permanente.

  2. Baterías de condensadores automáticas con medida en una sola fase, siendo esta la fase de mayor consumo.

 

El periodo 6 suele ser aquel en el que el consumo de energía activa es menor que el de otras franjas del día, por lo que las probabilidades de superar el límite de consumo de energía reactiva capacitiva son muy altas. 

Según la Circular 3/2020 y su nuevo sistema de penalizaciones, estas se aplicarán de manera horaria en caso de consumos con un coseno de phi capacitivo inferior a 0,98. Por tanto, si en una hora, el consumo de energía reactiva capacitiva supera el 20,3% al consumo de energía activa, se penalizará multiplicando el exceso  de capacitiva por 0,05 € por kVArh.
En base a mediciones realizadas en más de 100 suministros de alta tensión, se ha comprobado que la penalización de capacitiva puede rondar entre los 5 y 10 €/MWh anuales en suministros con baterías fijas permanentemente conectadas o con baterías automáticas de medida en una sola fase que trabajan y tienen consumo en P6.

Así pues mientras que la reactiva inductiva se penaliza por período de facturación, la capacitiva, en cambio se penaliza en el período 6 y por hora, una diferencia importante a tener en cuenta, ya que el exceso de capacitiva no se compensa y penalizarán cada hora que tengamos exceso.

¿En qué influye la Circular 3/2020?

La nueva circular se corresponde con la undécima versión aprobada por la CNMC desde que este organismo se hiciera cargo de esta competencia desde la promulgación del Real Decreto-Ley 1/2019. Antes de su aprobación se analizaron las alegaciones oportunas, así como un informe extraordinario redactado por el Ministerio de Transición Ecológica.

Entre sus contenidos, este documento determina cuál es el método de cálculo de los peajes de transporte y distribución eléctrica para consumidores e instalaciones de autoabastecimiento, entre otros. Sus principales ámbitos de regulación son tres. 

1. Introducción de factores de discriminación horaria en todos los peajes buscando un alineamiento con el marco europeo.

2. Simplificación de los tramos horarios, para favorecer la transmisión a los consumidores de los precios establecidos y para motivar conductas basadas en la eficiencia energética.

3. Aquellos consumidores que se encuentren en baja tensión y tengan una potencia contratada por debajo de los 15 kW, tanto en instalaciones domésticas como en pymes, solo afrontarán un peaje; este, a su vez, se divide en tres periodos.

Soluciones de Linkener para evitar las penalizaciones

La energía reactiva inductiva ya presentaba oportunidades de ahorro en el pasado, y más desde la entrada en vigor de la circular. Y teniendo en cuenta que, según la CNMC, más de 20.000 consumidores son penalizados en la actualidad a causa de la energía reactiva inductiva y que, con la nueva norma, aparece una nueva penalización por reactiva capacitiva, resulta vital para los clientes adoptar un enfoque  estratégico destinado a paliar sus efectos en los costes de producción. 

En las facturas eléctricas actuales no se muestra el consumo de reactiva capacitiva. Los registros del SIPS (Sistema de intercambio de puntos de suministro) no contienen esta variable. Por lo tanto, no es posible determinar que suministros serán penalizados por este concepto si no se dispone de un equipo de telemedida como el de Linkener.

Así, al instalar un contador fiscal con telemedida como el de Linkener es posible auditar la magnitud de las posibles penalizaciones. 
De forma sintetizada, nuestras soluciones tecnológicas te posibilitan el realizar una labor de consultoría energética precisa. Entre otras muchas cosas, te permitirán lo siguiente. 

  • Conocer el consumo de energía reactiva capacitiva y calcular el importe de la penalización en base a la nueva legislación.
  • Actuar sobre las baterías de condensadores para evitar la penalización por exceso de energía reactiva capacitiva.
  • Calcular de forma sencilla las potencias óptimas a contratar por periodo en el nuevo sistema tarifario.
  • Simular la factura eléctrica y conocer tus costes antes de recibir la factura.
  • Programar alertas e informes para detectar anomalías y evitar penalizaciones.

 

En resumen, la nueva Circular de la CNMC trae consigo muchos cambios a nivel regulatorio que hacen más complejo aún el entendimiento de la factura eléctrica y su optimización. La instalación de un sistema de telemedida se vuelve indispensable en este nuevo panorama, no sólo para evitar penalizaciones y optimizar los costes, sino también para detectar toda clase de oportunidades de eficiencia energética en los consumidores de energía eléctrica.

 

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